miércoles, 22 de febrero de 2012

Resuelve TEDF que Mancera no realizó actos anticipados de campaña

Ciudad de México, 21 de febrero (Notimex).- El Tribunal Electoral capitalino confirmó la decisión de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas del Instituto Electoral local de negar la aplicación de medidas cautelares contra propaganda que promueve al ciudadano Miguel Ángel Mancera Espinosa.

En sesión pública, el pleno del órgano jurisdiccional también ordenó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) que en un plazo de 72 horas resuelva las quejas de una de sus militantes, a la que se negó el registro como precandidata a jefa de Gobierno del Distrito Federal.

En el primer caso, el Partido Acción Nacional (PAN) acusó que la colocación de propaganda de Mancera Espinosa como precandidato del Partido de la Revolución Democrática (PRD) a la jefatura de Gobierno, constituía actos anticipados de precampaña y campaña.

Lo anterior, debido a que seguía expuesta aún después de darse a conocer los resultados de la encuesta aplicada por ese instituto político para saber las preferencias electorales.

Sin embargo, el pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) determinó por unanimidad que los anuncios se encontraban dentro del periodo de precampaña establecido por el partido.

Ello, toda vez que la encuesta fue sólo un ejercicio dentro del método de selección de candidatos, pues de acuerdo con lo que establece la convocatoria del PRD, la elección de su representante se daría en el Consejo Estatal Electivo.

Otro de los argumentos utilizados por el PAN es que la propaganda de Mancera Espinosa como procurador General de Justicia del Distrito Federal, en la que promovía su informe de labores, violaba el Artículo 134 Constitucional, referente a la promoción personalizada de los servidores públicos.

En ese sentido, el Tribunal avaló la determinación del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) de no aplicar medidas cautelares para investigar el presunto desvío de recursos públicos, pues al acudir a los lugares denunciados por el PAN, la propaganda ya no se encontraba.

Por todo lo anterior, los magistrados electorales consideraron que el IEDF actuó apegado a la legalidad al analizar todas las pruebas que le fueron presentadas.

Asimismo, el pleno determinó que la ciudadana Marcela Dávalos Aldape no agotó las instancias partidistas para reclamar, por lo que el TEDF reencauzó el caso, a fin de que el PRI resuelva la inconformidad de su militante en un plazo máximo de 72 horas, después de ser notificado.

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